Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1576/2003 - R
Fecha: 10-Nov-2003
II.3
II.3 Que, el 27 de agosto de 2003, la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, en cumplimiento a la circular “K” Cite Of. T. C. N° 358/2000, rechazó el recurso por no haberse subsanado los defectos de forma y de contenido previstos por los parágrafos IV y V) del art. 97 LTC, dentro del plazo señalado. (fs. 35)