Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1592/2003-R
Fecha: 10-Nov-2003
II.5
II.5 El 24 de junio de 2003, el Fiscal de Distrito requiere por que las denunciadas devuelvan tres ollas con su contenido o valor respectivo. Esa misma fecha el Comisario encargado del Mercado “Uyuni” hizo entrega de tres ollas más dos cucharones, sin su contenido, a las recurrentes (fs. 50).