SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1611/2003 - R
Fecha: 10-Nov-2003
II.1
II.1 Que, por Escrituras Públicas 94 y 95 de 22 de diciembre de 1965, consta que a título de compra venta, Luis O. Abellini y el Banco Nacional transfirieron a favor de la Empresa Minera “Avicaya” Ltda., terrenos ubicados en los cantones Avicaya y Urimiri, de la Provincia Poopó del Departamento de Oruro, inscritos en DD.RR. bajo las partidas 1 y 2, del Libro de Propiedades de la Provincia Poopó en 1966 (fs. 78-105 y 106-126, respectivamente); ventas aprobadas y autorizadas por la Sala Primera del Consejo Nacional de Reforma Agraria, como consta del Testimonio de Escritura Pública 34 de 5 de abril de 1966, inscrita en DD.RR. bajo la partida 22, del Libro de Propiedades de la Provincia Poopó en 1966 (fs. 71-77); habiéndose cancelado el impuesto a la propiedad de bienes inmuebles, por las gestiones 1997, 1998, 1999, 2000, 2001 (fs. 26-30).