SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1613/2003- R
Fecha: 11-Nov-2003
III.3
III.3 Que, si bien se ha dilucidado la problemática planteada, es necesario referir que el recurrente, aunque no como fundamento principal de su recurso, ha hecho alusión a que la administradora del surtidor de propiedad de la empresa representada estuviera siendo perseguida, al respecto cabe señalar que este extremo no se ha demostrado pues se ha concluido que Sara Iriarte en ningún momento ha sido amenazada en su libertad física a través de las actuaciones de los funcionarios de UMOPAR, pues por disposición de la norma prevista en el art. 175 CPP, “Cuando se trate de delitos de narcotráfico, excepcionalmente, la Fuerza Especial de Lucha contra el Narcotráfico podrá realizar de oficio la requisa sin la presencia de un testigo de actuación o sin requerimiento fiscal dejando constancia en acta de los motivos que impidieron contar con la presencia del testigo o el requerimiento fiscal.”
En cuanto al allanamiento, secuestro y precintado, en consecuencia con el razonamiento expuesto, no corresponde mayor análisis, puesto que estos actos en ningún momento tuvieron como objetivo la privación de libertad de la administradora de la empresa recurrente, en todo caso y como se considera que fueron realizados sin el previo cumplimiento de formalidades legales, debe plantearse otro recurso, pues la recurrente en ningún momento ha planteado su recurso en sentido de que la presencia de los oficiales al mando del recurrido, hubiera tenido como objeto privarle de su libertad, es más del contenido de su recurso se tiene claramente que lo que considera ilegal, es que se considere que ha estado desviando combustible e incurriendo en delito al hacerlo, pero está situación de ninguna manera implica persecución, aprehensión, arresto o detención indebidos o ilegales; y tampoco puede ser motivo de compulsa en este recurso porque ello atañe a la esencia misma de una investigación y luego al proceso.