Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1674/2003-R
Fecha: 24-Nov-2003
II.2.
II.2. Formulada la apelación por el procesado, la Dirección Departamental de Educación de Cochabamba, mediante Resolución 11/03 de “28 de enero de 2002” anuló obrados hasta el vicio más antiguo es decir hasta fs. 70 y hasta que los procesados presenten sus pruebas de descargo, con el fundamento que no se abrió ni clausuró el término de prueba negándoles a los procesados la posibilidad de presentar sus pruebas de descargo (fs. 12 a 16).