SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1674/2003-R
Fecha: 24-Nov-2003
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente arguye que los recurridos Ricardo Galviz Coca, Héctor Antezana Mejía y Wilde Vásquez Ochoa, Presidente, Secretario General y Promotor Fiscal del Tribunal Disciplinario del Cercado II y Antonieta Méndez de Baldivieso, Directora del SEDUCA, vulneraron sus derechos a la defensa, al trabajo, a la seguridad jurídica, a formular peticiones y a la garantía del debido proceso, los primeros al haber dictado la Resolución de 6 de marzo de 2003, ratificando una resolución que fue anulada y la segunda al haber obrado como tribunal sumariante imponiéndole sanciones y destituyéndole de su cargo de Director. En ese sentido, corresponde en revisión, analizar si en la especie se debe otorgar la tutela pretendida.