Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1730/2003 - R
Fecha: 28-Nov-2003
II.6
II.6 Que, remitido el expediente al Tribunal Disciplinario Departamental de La Paz, el 19 de julio de 2002, de acuerdo con el informe de auditoria y requerimiento Fiscal, se radicó la causa en la etapa del plenario contra el recurrente, señalándose audiencia para que preste su declaración confesoria (fs. 348); audiencia de confesión que se realizó el 10 de octubre de 2002 (fs. 351-352), el recurrente por memorial de 2 de abril de 2003 impugnó el requerimiento fiscal (fs. 366-367).