Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1579/2003-R
Fecha: 10-Nov-2003
procedente
Por Resolución cursante de fs. 129 vta. a 130, el Juez de amparo declaró procedente el recurso con los siguientes fundamentos: a) Existen disposiciones legales que protegen la propiedad privada y para obtenerla sin ser legítimo propietario, también existen disposiciones legales que se han vulnerado y otras que no se han cumplido, como art. 3 de la Ley 1715 y art. 198 del Decreto Reglamentario 25763; b) se debe garantizar la propiedad privada mientras duren los trámites agrarios, que tanto recurrente y como recurridos, deben utilizar el procedimiento señalado para obtener la propiedad agraria.