Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0085/2003-ECA
Fecha: 05-Dic-2003
II.3
II.3 En lo relativo al tercer punto, cabe recordar que la subsidiariedad del recurso de amparo constitucional no solo implica al no uso de los recursos previstos, sino también el mal uso de ellos, pues no se puede pretender agotar las formalidades simplemente con la intención de habilitar el recurso constitucional, no entender así, sería otorgar ventajas al negligente por encima del cuidadoso que siguiendo las normas legales puntualmente, aún así se le vulnera sus derechos fundamentales.