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    AUTO CONSTITUCIONAL 596/2003-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 596/2003-CA

    Fecha: 05-Dic-2003

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    • Juan Copa y Bertha Blanca Flores de Copa
    • I.1. Antecedentes
    • I.2. Argumentos jurídicos del recurso
    • en consecuencia, se entiende que no es una vía judicial para reparar errores u omisiones en los que -a criterio de los litigantes- incurran las autoridades judiciales en el pronunciamiento de sus resoluciones
    • es importante diferenciar la nulidad de actuaciones o resoluciones adoptadas por un funcionario o autoridad que usurpa funciones al no tener jurisdicción y competencia otorgada por ley para ese efecto, de aquellas referidas a la nulidad de obrados por vicios procesales emergentes de errores u omisiones de los funcionarios judiciales
    • a la Autoridad Pública

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