AUTO CONSTITUCIONAL 596/2003-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 596/2003-CA

Fecha: 05-Dic-2003

a la Autoridad Pública

Finalmente con relación a la interposición del recurso contra la representante legal de la Cooperativa Pio X Ltda., bajo el fundamento de que la referida entidad pretende aprovechar ilegalmente en su beneficio las irregularidades referidas, corresponde señalar que de acuerdo a la jurisprudencia de este Tribunal el recurso directo de nulidad no procede contra personas particulares, toda vez que del contenido del art. 79 y siguientes LTC se  interpreta que el recurso directo de nulidad, es una acción jurisdiccional extraordinaria, que persigue poner límites precisos a la Autoridad Pública que con exceso de poder usurpe funciones que no le competen o ejerza jurisdicción o competencia que no emane de la ley, así se ha establecido en los Autos Constitucionales 131/2002-CA, 423/2002-CA, entre otros.