Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1749/2003-R
Fecha: 01-Dic-2003
II.5
II.5 El 28 de abril de 2003, mediante Memorándum DP 191/03, la autoridad recurrida prescindió de los servicios de la ahora recurrente, es decir, la destituyó, al haberse establecido responsabilidad administrativa en el ejercicio de sus funciones como resultado del proceso administrativo interno seguido en su contra (fs. 5)
- recurso
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- improcedente
- II.3
- II.4
- II.5
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- III.3
- “Toda mujer en periodo de gestación hasta un año del nacimiento del hijo, gozará de inamovilidad en su puesto de trabajo en instituciones públicas y privadas”
- III.4