SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1788/2003-R
Fecha: 05-Dic-2003
II.5.
II.5. El 3 de septiembre, a solicitud del recurrente, la Sala Penal Segunda conminó a la Jueza Quinta de Instrucción en lo Penal Liquidadora, para que eleve en el día el expediente original referido, (fs. 18) en respuesta el 5 de septiembre la Juzgadora comunicó a la Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Cochabamba que el expediente original fue remitido a la Cámara de Diputados, solicitando al mismo tiempo se tramite su devolución (fs 36), motivo por el que el 9 de septiembre de 2003, la Corte Superior solicitó a la Comisión de Constitución, Justicia y Policía Judicial de la Cámara de Diputados la devolución del expediente para poder considerar el recurso de apelación (fs. 7, 60 a 62).