Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1791/2003-R
Fecha: 05-Dic-2003
II.5.
II.5. Por su parte la recurrente pidió la revocatoria del Auto que dispuso la suspensión condicional del proceso, que fue rechazada por el Juez recurrido mediante providencia de 22 de octubre de 2002, con el fundamento que el imputado no incumplió las condiciones impuestas (art. 25 CPP), (fs. 391 a 395 vuelta)