SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1792/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1792/2003-R

Fecha: 05-Dic-2003

improcedente

La  Resolución cursante a fs. 17 y 18 pronunciada el 29 de octubre de 2003 por la Sala Social y Administrativa del Distrito Judicial de Cochabamba declaró improcedente el recurso bajo estos fundamentos: a) corresponde al Juez  Cautelar dar cumplimiento al Auto de Vista emitido por los Vocales recurridos, ante quien el recurrente debe hacer valer los derechos de su representado para que defina su situación jurídica; b) las autoridades recurridas  no han infringido el art. 18 de la Constitución Política del Estado (CPE) ya que el representado del recurrente se halla involucrado dentro de una investigación penal, de cuya investigación preliminar se evidencia que formaba parte del grupo de asalto dado que la movilidad de su propiedad fue utilizada en el mismo, aspecto que no fue negado por el  imputado.