SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1828/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1828/2003-R

Fecha: 11-Dic-2003

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

En el escrito presentado el  7 de noviembre de 2003 (fs. 6 y 7), Benancia Apaza Calle aduce que el 30 de octubre de este año, a horas 8:00 p.m., el compañero de estudio de la segunda de las recurrentes, llevó a su casa una vagoneta marca Nissan Terran pretendiendo venderla, indicando que no tenía  documentos, y, por hacerle un favor permitió que deje el motorizado, que fue recogido el 1 de noviembre a las 12:00 del mediodía.

Relata que “ayer”, cuando estaba en  la calle, los policías recurridos se acercaron y la sindicaron de ratera, le exigieron entregue otros vehículos supuestamente robados que tendría en su casa, pretendieron allanar su domicilio exhibiendo únicamente sus credenciales, le pidieron los acompañara a oficinas de DIPROVE, y como se rehusó, la condujeron a la citada repartición a las 6:00 de la tarde, señalándole que prestaría su declaración y luego estaría libre. Sin embargo, fue detenida, juntamente con su hija a quien llevaron a las 11:00 de la noche, hasta la 1:00 de la mañana, hora en la que sufrió una hemorragia por falta de una inyección como emergencia de la cual, las dejaron irse con el compromiso de presentarse nuevamente “hoy” a las 8:00 a.m.