SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1841/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1841/2003-R

Fecha: 12-Dic-2003

procedente

Por Resolución de fs. 128 a 130, en desacuerdo con la opinión fiscal, se declaró procedente el recurso, con la siguiente  fundamentación: 1) que, el art. 23 de la Carta Fundamental de la Declaración de los Derechos Humanos dice: “Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo”, de donde resulta que el derecho al trabajo se halla consagrado en el art. 7. d) CPE, y ninguna autoridad o persona particular tiene facultad para restringir su ejercicio; 2)  que, a título de dirigentes, los recurridos no están investidos de ninguna facultad legal ni estatutaria para ordenar la clausura indefinida de casetas, pero incurrieron en actos ilegales que atentan contra el derecho de propiedad, seguridad jurídica y derecho al trabajo, al disponer el cierre de un negocio comercial, sin ningún justificativo; 3) que, la parte recurrente ha demostrado que ha agotado los medios persuasivos a través de su hijo Simón Rodríguez sin haber obtenido resultado favorable; 4) que en el acuerdo transaccional al que se alude, no intervino la recurrente, por lo que no puede surtir efectos en su contra.