Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1847/2003 - R
Fecha: 12-Dic-2003
II.3
II.3 El 6 de octubre de 2003, el ex Ministro de Educación Hugo Carvajal Donoso, mediante memorando instruyó a la recurrida que en su calidad de Sumariante de la Institución dé “cumplimiento de inmediato a lo establecido en los artículos 18 y 21 del D.S. 26237, modificatorio del D.S. 23318-A, a fin de determinar” si el recurrente como docente de la Universidad Pedagógica de Sucre incurrió en responsabilidad por la función pública.