SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1847/2003 - R
Fecha: 12-Dic-2003
III.2
III.2 En el caso compulsado, el recurrente ha denunciado una serie de actos en los que han incurrido y están incurriendo los recurridos, pero ninguno de ellos amenaza, restringe o suprime la libertad física, tal es así, que el mismo recurrente no ha mencionado este extremo en ninguna parte de la fundamentación de su recurso, cuyo objetivo es, que cese el proceso administrativo en su contra como docente de una entidad educativa superior del servicio de educación pública, de lo que se tiene que por la naturaleza misma del proceso en ningún momento se podía ni se puede ordenar medida cautelar que afecte su libertad ambulatoria, razón por la que este Tribunal se ve impedido de ingresar al fondo de la problemática y analizar la denuncia.
En el mismo sentido refiriéndose al caso concreto que se resolvió, este Tribunal en la SC 940/2003-R de 7 de julio dijo: “(...) si bien el recurrente alega la violación a varios derechos que constituyen elementos de la garantía procesal del debido proceso, no es menos cierto que los mismos no tienen directa ni indirectamente vinculación con el derecho a la libertad, pues en la segunda investigación que supuestamente se abrió en su contra, no se ha demostrado que se le hubiere impuesto ninguna medida limitativa de su derecho a la libertad física y menos que este derecho le hubiere sido amenazado, restringido o suprimido indebida ni ilegalmente por el recurrido.”