SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1850/2003 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1850/2003 - R

Fecha: 12-Dic-2003

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

Que, en el proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Orlando Vera Vargas y otros, por los delitos de falsedad material y otros, es víctima de los mismos la Caja Nacional de Salud a la que representa, razón por la que el 26 de agosto de 2003 presentó a conocimiento del Tribunal Segundo de Sentencia en lo Penal querella en contra de los imputados, a la que los Jueces Técnicos recurridos, dispusieron no haber lugar a la formulación de la querella por providencia de 27 de agosto de 2003, decisión mantenida en la resolución de 1 de septiembre del mismo año en la que se resolvió su recurso de reposición.

Que, el art. 79 de la Ley 1970 de 25 marzo de 1999 o Código de Procedimiento Penal, esta en relación con lo previsto en el art. 340 del mismo cuerpo adjetivo de la materia, entendiéndose que la finalidad de presentar querella (interpuesta hasta el momento de la acusación fiscal, art. 79), es la de habilitar al querellante a que en el juicio “presente la acusación particular y ofrezca las pruebas de cargo” (sic) (art. 340); además que no existe norma adjetiva alguna que prohíba a la víctima a que presente su querella ante el Tribunal de Sentencia luego de la acusación fiscal y someterse al proceso en el estado en que se encuentre.