Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1883/2003 - R
Fecha: 17-Dic-2003
II.3
II.3 El día y hora de audiencia señalada, es decir el 13 de marzo de 2003 a horas 9:30, se procedió a dar lectura al memorial anterior, se concedió la palabra al abogado defensor de la recurrente y de acuerdo a lo solicitado por el último, el Juez Primero de Sentencia de Cochabamba, en la misma fecha dictó un Auto a través del que declaró abandonada la querella, extinguida la acción penal y ordenó el archivo de obrados (fs. 7).