Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1888/2003-R
Fecha: 16-Dic-2003
II.2.
II.2. La citada Dirección, mediante Resolución Técnico Administrativa 208/2002 de 17 de septiembre (fs. 3), resolviendo el recurso de revocatoria formulado por los interesados, confirmó la determinación anterior, instruyó la instauración de proceso técnico administrativo contra Waldo, Erland, Roseth Mejía Sequeiros y Alejandro Ibiett Torrez -demás propietarios del edificio- y excluyó a Estela Pereira, por no tener legitimado su derecho propietario.