SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1924/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1924/2003-R

Fecha: 18-Dic-2003

a)

El recurrente denuncia la vulneración de los derechos a la seguridad jurídica y al debido proceso de sus representados, bajo los siguientes  argumentos: a) Pese a estar ejecutoriado el Auto final de sobreseimiento, la jueza recurrida, sin esperar el término establecido para el traslado y sin abrir término probatorio, concedió el recurso de apelación presentado por la parte querellante en un distinto despacho judicial; b) Los vocales recurridos emitieron el Auto de Vista de 7 de julio de 2003 sin tener jurisdicción ni competencia, ya que la resolución impugnada estaba ejecutoriada y el recurso de apelación no contenía expresión de agravios, además de no haber sido notificados con el decreto de radicatoria ni con el requerimiento fiscal. Por consiguiente, corresponde analizar si los hechos denunciados se encuentran dentro del ámbito de protección otorgado por el art. 19 CPE.