Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1937/2003-R
Fecha: 18-Dic-2003
a)
a) Se constató que no existió conculcación de los derechos y garantías constitucionales del recurrente, en consideración a que el proceso motivo del recurso, se encuentra en la etapa de la instrucción, con el fin de ingresar al proceso previo informe del juez comisionado donde fueron remitidos los obrados; empero, éste los remitió al Tribunal Constitucional como consecuencia de un recurso directo de nulidad.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- , la vocal recurrida Carmen Aliaga
- La vocal Aida Luz Maldonado
- a)
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2
- APROBAR