AUTO CONSTITUCIONAL 060/2003-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 060/2003-CA

Fecha: 07-Feb-2003

Fragmento 2

Por memorial de fs. 284 a 291 del expediente, Julio César Rendón Vaca, Director Municipal de Género y Asuntos Generacionales del Municipio de Santa Cruz en representación de Michael Erick Fernández Parada, interpone recurso directo de nulidad contra Eduardo Rodríguez Veltzé, Carlos Rocha Orozco y Emilse Ardaya Gutiérrez, Ministros de la Corte Suprema de Justicia, demandando la nulidad del Auto Supremo 028/2000, de 18 de enero de 2000 por cuanto el mismo había sino pronunciado sin que el menor Michael Erick Fernández Parada por sí o por medio de su tutora, haya sido parte procesal en el proceso contencioso  tributario seguido por la Distribuidora Cervecería Boliviana Nacional Fernández S.R.L. contra la Administración Regional de Impuestos de Santa Cruz, teniendo en cuenta que los procesos en que ha intervenido la tutora no tienen validez por cuanto no se recabó autorización judicial de autoridad competente, por lo que no puede convalidarse vicios procesales de orden público sancionados con nulidad que afectan los intereses del menor que no ha tenido oportunidad de asumir defensa, además de que las autoridades recurridas han dictado el Auto Supremo impugnado fuera del término de 30 días establecido en el art. 204-III CPC, provocando su nulidad en razón de la pérdida de competencia, conforme lo establecen los art. 31 de la Constitución Política del Estado (CPE). Recurso que fue rechazado mediante Auto Constitucional 035/2003-CA, de 23 de enero de 2003, de acuerdo a los fundamentos indicados en el mismo.