AUTO CONSTITUCIONAL 060/2003-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 060/2003-CA

Fecha: 07-Feb-2003

I. ANTECEDENTES

Dentro del plazo previsto por el art. 33.II de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), por memorial que antecede el recurrente interpone recurso de reposición del Auto Constitucional 035/2003-CA, de 23 de enero de 2003, argumentando que  el presente recurso única y exclusivamente persigue la nulidad del Auto Supremo 028/2000, fundado en toda la prueba adjunta a dicho recurso en donde se demuestra fehacientemente que ha sido dictado fuera de los treinta días establecidos legalmente y cuando había cesado la competencia del tribunal, amparando la petición en los arts. 8-5), 9, 90, 91, 204-III, 207, 208 y 209 del Código de Procedimiento civil, art. 79-II LTC y 31 CPE y 30 LOJ y que, si bien en el recurso interpuesto hizo referencia a diferentes vicios procesales que dañan el derecho a un debido proceso y ponen en indefensión al menor Michael Erick Fernández Parada, consignados sólo a efecto de poner en antecedentes al Tribunal Constitucional, omisión de su persona que ha llevado a error de consideración, los referidos argumentos no deben ser tomados en cuenta como fundamento del presente recurso. Afirma que no se ha pretendido a través del presente recurso la nulidad del Poder 109/98 ya que la ley otorga medios ordinarios para ello. Solicita reponer el Auto Constitucional 035/2003-CA de 23 de enero de 2003 y deliberando en el fondo se admita el mismo.