Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0185/2003-R
Fecha: 21-Feb-2003
PROCEDENTE
Concluida la audiencia el Juez de Sentencia Segundo de Yacuiba del Distrito Judicial de Tarija, de acuerdo con el dictamen fiscal, pronunció la Resolución de 05 de diciembre de 2002, que corre a fojas 40-41, que declara PROCEDENTE el Recurso y ordena la inmediata suspensión de la intervención de las acciones del recurrente, con costas, daños y perjuicios, con estos fundamentos: a) el recurrido y otros, en 26 de noviembre de 2002, han reconocido que se ha suspendido las acciones del recurrente, hasta que solucione sus problemas con el solicitante y b) se ha realizado la intervención de las acciones del recurrente, sin que se haya realizado trámite previo alguno ante la autoridad jurisdiccional.