Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0208/2003-R
Fecha: 21-Feb-2003
I.2.1. Ratificación del recurso
El recurrente reiteró su acción, e indicó que el mandamiento de aprehensión que ejecutó el recurrido fue librado por la autoridad judicial para ponerlo a su disposición cuando se estaba tramitando el proceso, en el cual ya existe sentencia condenatoria, por lo que el mandamiento ejecutado ya no tiene valor legal, pues en todo caso debió haberse librado el mandamiento de condena, que recién fue emitido el 19 de noviembre de 2002.