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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0215/2003-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0215/2003-R

    Fecha: 21-Feb-2003

    II.4.

    II.4.  Que, según acta de ofrecimiento de fianza de 23 de diciembre de 2002, los recurridos rechazaron la fianza personal ofrecida, con el argumento de que la garante presentada ya es garante de otro procesado del mismo juzgado y porque su ingreso económico no es suficiente para cubrir los posibles gastos que se pudieran dar en caso de fuga (fs.7).

    • Mikne Litzy Torrico Bautista en representación sin mandato de Patricia Tórrez Rojas
    • I.1.1. Hechos que motivan el Recurso.
    • I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio.
    • a)
    • IMPROCEDENTE
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • elemental previsión de que la garantía personal
    • III.2.

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