SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0217/03-R
Fecha: 24-Feb-2003
a)
El abogado del recurrido informó lo siguiente: a) hace más de cinco años, 70 familias están viviendo en forma continua y pacífica en el terreno, siendo falsas las aseveraciones de la recurrente, pues es ella quien pretende despojarlos e inducir a error al Tribunal de amparo; b) por ese motivo, plantearon demanda interdicta de retener la posesión, que actualmente se está ventilando contra el supuesto propietario, en el Juzgado Séptimo de Instrucción en lo Civil, ya que la apoderada ha estado amenazándolos constantemente con despojarlos; c) han aparecido más de cuatro propietarios del terreno con diferentes documentos, y si la demandante quiere hacer prevalecer el derecho de su representado, debe apersonarse ante los tribunales; d) no es cierto que la recurrente haya sufrido una eyección del terreno, porque nunca vivió en el lugar y eso se evidencia en razón a que no ha indicado la fecha del supuesto despojo, dado que recién se ha presentado en el predio, solamente para amenazarlos; d) no puede disponerse por medio del amparo constitucional la desocupación de un predio, pues no es un proceso ordinario. Pidió se declare improcedente el recurso.