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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0222/2003-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0222/2003-R

    Fecha: 24-Feb-2003

    III.1.

    III.1. Que la jurisprudencia constitucional contenida en las Sentencias Constitucionales 325/2001-R, 863/2001-R y 717/2002-R, ha establecido que “para la procedencia del Amparo Constitucional es ineludible que el Recurso sea dirigido contra el sujeto que cometió el acto ilegal o la omisión indebida, es decir el agraviante”.

    • René Aguilar Catari
    • I.1. 1. Hechos que motivan el recurso
    • I.2.1. Ratificación del recurso
    • I.2.2. Informe de los recurridos
    • improcedente
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • sino que la pronunciaron y suscribieron los miembros del Comité Ejecutivo de la Confederación

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