SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0238/2003-R
Fecha: 27-Feb-2003
procedente
Concluida la audiencia la Sala Civil de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, de acuerdo con el dictamen fiscal, pronunció la Resolución de 18 de diciembre de 2002, que corre a fojas 48-51, que declara procedente el recurso, ordena la reincorporación de la recurrente, pago de sueldos devengados e indemnización por daños y perjuicios, con estos fundamentos: a) han violado el derecho de la recurrente a ser oída en juicio y a la defensa, al haberla destituido sin mediar la instauración de un proceso administrativo interno, b) se ha desconocido normas de protección a la mujer en estado de gestación, con lo que se le suprime su derecho al trabajo, a la percepción de un salario justo, a la seguridad social, a la salud y la vida y c) la línea jurisprudencial asumida por el Tribunal Constitucional es uniforme a este respecto, así las Sentencias Constitucionales 310/00-R, 505/00-R.