Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0244/2003-R
Fecha: 27-Feb-2003
III.4
III.4 Por otra parte, el recurrente se encuentra bajo la jurisdicción del Juez Cautelar, quien dispuso su detención preventiva, actuación que no ha sido impugnada en este recurso, lo que determina que únicamente este Tribunal se pronuncia sobre la actuación ilegal de la autoridad demandada, sin entrar a considerar si la detención preventiva dispuesta en su contra está o no conforme a derecho así como respecto a su libertad.