SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0245/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0245/2003-R

Fecha: 27-Feb-2003

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

En su demanda presentada el 29 de noviembre de 2002, corriente de  fs. 38 a 42, la recurrente manifiesta que la Prefectura convocó a concurso de méritos y/o examen de competencia a profesionales abogados para optar el cargo de Notario de Gobierno Hacienda y Minas, al cual se presentó resultando ganadora y como consecuencia asumiendo funciones el 11 de octubre de 2001 conforme a la Resolución Prefectural 201/2001, memorando 422/2001 e ítem 4061, habiéndose enviado antecedentes y documentación a la Superintendencia del Servicio Civil conforme al art. 70 de la Ley del Estatuto del Funcionario Público (LEFP).

Aduce que, pese a ello,  fue destituida por memorando 02/2002 de 23 de agosto, ante lo cual amparada en el Estatuto del Funcionario Público, su Reglamento y el Reglamento de Recursos de Revocatoria y Jerárquicos para la Carrera Administrativa,  planteó recurso de revocatoria, dictándose la Resolución Prefectural 019/2002 por la que el recurrido, usurpando funciones de la Superintendencia del Servicio Civil, declaró la nulidad de todo el proceso de incorporación al cargo, declarándolo acéfalo, cuando en verdad ya existía otra persona designada desempeñando esas funciones, por lo que tuvo que plantear recurso jerárquico, el que fue desestimado sin ningún fundamento jurídico, habiendo por ello  solicitado la remisión de antecedentes a dicha Superintendencia, la que emitió la RA SSC/IRJ/039/2002 de 6 de noviembre disponiendo su reincorporación inmediata al cargo de Notaria de Gobierno.