Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0263/2003- R
Fecha: 28-Feb-2003
I.2.1
El abogado del recurrente, ratificó y amplió los fundamentos de la demanda indicando que incluso el propietario del vehículo se ha presentado a cancelar parte de la deuda y firmar un documento ofreciendo garantía para el cumplimiento de la obligación pero los encargados se niegan y mantienen a la paciente como prenda incurriendo en detención indebida, pues no existe mandamiento expedido por autoridad competente como exige el art. 9 CPE.