Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0263/2003- R
Fecha: 28-Feb-2003
III.2
III.2 Que, en mérito a la abundante jurisprudencia referida, no cabe ingresar en mayor análisis respecto a si un Director incurre en detención indebida cuando impide la salida a un paciente del centro hospitalario mientras no se paguen los gastos por la atención médica, pues es evidente que sí lo hace, y por lo mismo, está legitimado para responder por la vulneración de los derechos a la libertad física y a la locomoción.