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    AUTO CONSTITUCIONAL 124/2003-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 124/2003-CA

    Fecha: 12-Mar-2003

    contrato de concesión

    En el caso concreto, se cuestiona la constitucionalidad de la cláusula segunda inc. c) del contrato de concesión suscrito por TELECEL S.A. y la Superintendencia de Telecomunicaciones, el 30 de septiembre de 1996, con el fundamento de que el mismo crea una tasa tributaria del uno por ciento con cargo a TELECEL S.A.

    • Alejandro Hollweg Arano en representación de la Sociedad Telefónica Celular de Bolivia S.A.
    • I.1. Antecedentes
    • I.2. Argumentos jurídicos del recurso
    • procede contra toda
    • Fragmento 5
    • contrato de concesión
    • entre dos personas
    • no constituye una

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