SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0272/2003-R
Fecha: 05-Mar-2003
I.1. 1. Hechos que motivan el recurso
En la demanda presentada el 29 de noviembre de 2002 (fs. 2-3) y admitida el 30 del mismo mes y año (fs. 4), los recurrentes expresan que Teresa Moreira Gonzáles, desde el 1 de octubre de 2002 procedió a clausurar las puertas de acceso de los tres ambientes que les alquila en la calle Bolívar Nº 865, donde funciona la Librería Adolfo Mier de su propiedad, por el solo hecho de adeudar un mes de alquiler.
Esta actitud ilegal de la recurrida de colocar candados y cadenas, impidiéndoles operar su negocio y entregar sus trabajos a diferentes empresas, les ha causado un perjuicio económico de $US5.000.-, sin que las audiencias conciliatorias ante la Fiscalía hayan servido de nada, por lo que piden la protección inmediata de sus derechos y garantías ya que están sometidos a una especie de condena sin previo proceso, además de ser irracional e ilícito que no se les permita ingresar a su morada, así sea alquilada, pues toda casa es inviolable conforme mandan los arts. 21.IV y 16 de la Constitución Política del Estado (CPE).