Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0306/2003-R
Fecha: 17-Mar-2003
II.2.
II.2. La Concejala Ada María Esperanza, por nota de 23 de diciembre de 2002 (fs. 29), solicitó a René Mariscal, Presidente del Concejo Municipal de Villazón, la aplicación de lo dispuesto por la Ley de Municipalidades en relación a la recurrente, al tener conocimiento que el proceso penal seguido contra ella se encontraba en etapa de sentencia.
- Jacinta María Álvarez de Calizaya
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso.
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio.
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- II
- Auto de procesamiento
- si bien el Auto de procesamiento era emitido por una autoridad jurisdiccional, ello se debía a que la fase del sumario penal
- III.2.