Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0349/2003-R
Fecha: 24-Mar-2003
I.2.1. Ratificación del Recurso
El abogado del recurrente reiteró su recurso y lo ratificó señalando que se trata de un procesamiento indebido y no de una persecución, y al haber sido notificado con la resolución que resuelve el incidente de nulidad planteado, pero que le es adverso, ratifica la interposición de su recurso, solicitando se reponga obrados.