Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0396/2003-R
Fecha: 31-Mar-2003
II.2.
II.2. A efectos de la notificación referida, se remitió orden instruida al Corregidor de Chané Independencia de la provincia Santiestevan de Santa Cruz (fs. 12 a 14), quien notificó personalmente al representado de la recurrente, quien rehusó firmar, en 23 de julio de 2002, cual consta en la diligencia respectiva (fs. 14).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso.
- a)
- IMPROCEDENTE
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- .
- se constata la inexistencia de detención indebida e ilegal y la conculcación de los derechos invocados por la recurrente
- 1093/2002-R,
- APRUEBA