Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0405/2003-R
Fecha: 31-Mar-2003
II.4
II.4 En la audiencia de medidas cautelares realizada el 29 de agosto de 2002, la Jueza de Instrucción Cautelar mediante resolución fundamentada dispuso la detención preventiva de la recurrente. A su vez, las Vocales recurridas confirmaron en apelación la resolución de la inferior mediante Auto de Vista de 16 de septiembre, con los mismos fundamentos que la a-quo (fs. 53-61 y 66).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- Eduardo Marañon Rojas, Mariana Montenegro, Mirna Ñunez Vela y Lidia Moscoso, Fiscal de Materia, Jueza de Instrucción en lo Penal y Vocales de la Sala Penal, respectivamente
- Fragmento 4
- I.2.2 Informe de los recurridos.
- II.1
- II.2
- II.4
- a)
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- APROBAR