AUTO CONSTITUCIONAL 170/2003-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 170/2003-CA

Fecha: 08-Abr-2003

Fragmento 7

En consecuencia, la pretensión de que se determine la inconstitucionalidad de la Resolución de  Directorio del Banco de Crédito de Bolivia S.A. 1/2002 de 21 de febrero de 2002, que en su punto 7 “otorga poderes especiales para demandas judiciales”, por no encontrarse adecuado a las normas constitucionales y al ordenamiento jurídico nacional, no corresponde al recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, cuyos alcances están claramente establecidos y limitados por el art. 59 LTC.