rechaza el incidente
Con la respuesta de la parte contraria, Edgar Peña Venegas, Juez Undécimo de Partido en Materia Civil y Comercial de Santa Cruz, por Resolución de 13 de febrero de 2003, rechaza el incidente en consideración a que el proceso se encuentra con sentencia por lo que no existe resolución pendiente a la que sea aplicable la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la resolución impugnada y porque la resolución impugnada emana de autoridad privada, por lo que queda fuera del control de constitucionalidad previsto en los arts. 120-1 a) CPE y 59 y siguientes de la ley del Tribunal Constitucional.Resolución que en cumplimiento a lo dispuesto por el art. 62-1) LTC, es elevada en consulta ante este Tribunal.
- Edgar Peña Venegas, Juez Undécimo de Partido en Materia Civil y Comercial de Santa Cruz,
- la Resolución de Directorio del Banco de Crédito de Bolivia S.A. 1/2002 de 21 de febrero de 2002, que en su punto 7.VARIOS “otorga poderes especiales para demandas judiciales”.
- I.2.1 Respuesta al recurso
- rechaza el incidente
- una ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial
- resoluciones que emanen de autoridades públicas no judiciales,
- Fragmento 7
- APRUEBA
