AUTO CONSTITUCIONAL 170/2003-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 170/2003-CA

Fecha: 08-Abr-2003

I.2.1 Respuesta al recurso

Corrido en traslado el incidente, el mismo es respondido por  el Banco de Crédito de Bolivia S.A. manifestando que el recurso resulta manifiestamente improcedente  por cuanto el mismo procede contra  manifestaciones de autoridad pública  y no de particulares como acontece en el presente caso al impugnarse una Resolución del Banco de Crédito de Bolivia S.A.. Por otra parte señala que  no existe resolución que dependa de la constitucionalidad de la Resolución 1/2002 de 21 de febrero de 2002, solicitando se rechace el incidente.