SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0030/2003
Fecha: 02-Abr-2003
Operadores de Comercio Exterior
Que, en uso de la facultad normativa referida, la Aduana Nacional emitió la Resolución 01-031-01 de 09 de agosto de 2001, por la que se aprueba el Procedimiento de Administración del Padrón de Operadores de Comercio Exterior y sus anexos, en el que el punto V-B numeral 4.2 primer párrafo se establece que entre los Operadores de Comercio Exterior que podrán solicitar la asignación de un código de funcionamiento, están las Tiendas Libres de Tributos (Duty Free Shops); mediante Resolución RD 01-013-02 de 26 de marzo de 2002 emitida también por el Directorio, se modifica el último párrafo del punto V-B numeral 4.2, disponiendo que el Jefe de la Unidad de Servicio a Operadores de la Aduana Nacional, es el que revisa y firma la Resolución Administrativa que autoriza el funcionamiento del Operador de Comercio Exterior.
Que, en el marco de su competencia y atribución legal y sin usurpar función alguna, Freddy Rocha Orozco, en su condición de Jefe de la Unidad de Servicio a Operadores de la Aduana Nacional, emitió la Resolución RA-USO.GC.03-070-02 (impugnada de nula en esta acción), por la que resuelve autorizar el funcionamiento del Operador de Comercio Exterior, Tienda Libre de Tributos Santa Cruz Internacional Duty Free S.R.L.
- Carlos Eduardo Canelas Montaño, en representación de Servicios de Aeropuertos Bolivianos S.A. (SABSA)
- requisitos: a) Contrato de arrendamiento
- con excepción del previsto en el inciso a) del mismo artículo
- I.3. Alegaciones de la parte recurrida
- II.1.
- II.2
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Operadores de Comercio Exterior
- III.2.