SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0030/2003
Fecha: 02-Abr-2003
requisitos: a) Contrato de arrendamiento
Que, el art. 213 del DS 25870 de 11 de agosto de 2000 (Reglamento a la Ley General de Aduanas) establece que: "La Aduana Nacional autorizará el funcionamiento de tiendas libres de tributos en los aeropuertos internacionales o a bordo de las aeronaves ... Las autorizaciones serán concedidas por el plazo de un año, renovables por periodos anuales con el cumplimiento de los siguientes requisitos: a) Contrato de arrendamiento de los espacios donde funcionará la tienda libre, suscrito con Servicios Aeroportuarios de Bolivia S.A. (SABSA), empresa concesionaria de la Administración de Aeropuertos de Bolivia ...".
Que, de acuerdo a los arts. 96.1 y 102 de la Constitución Política del Estado (CPE) normas con las que concuerdan los arts. 10-I inc. e) de la Ley 1788 de 16 de septiembre de 1999 o Ley de Organización del Poder Ejecutivo (LOPE) y art. 4 del DS 26772 de 15 de agosto de 2002 (norma reglamentaria a la LOPE), se demuestra que es competencia privativa del Presidente de la República, conjuntamente con los Ministros de Estado, modificar o extinguir requisitos establecidos mediante Decretos Supremos, ya sea abrogando, derogando o modificando los mismos.
- Carlos Eduardo Canelas Montaño, en representación de Servicios de Aeropuertos Bolivianos S.A. (SABSA)
- requisitos: a) Contrato de arrendamiento
- con excepción del previsto en el inciso a) del mismo artículo
- I.3. Alegaciones de la parte recurrida
- II.1.
- II.2
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Operadores de Comercio Exterior
- III.2.