SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0030/2003
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0030/2003

Fecha: 02-Abr-2003

requisitos: a) Contrato de arrendamiento

Que, el art. 213 del DS 25870 de 11 de agosto de 2000 (Reglamento a la Ley General de Aduanas) establece que: "La Aduana Nacional autorizará el funcionamiento de tiendas libres de tributos en los aeropuertos  internacionales o a bordo de las aeronaves ... Las autorizaciones serán concedidas por el plazo de un año, renovables por periodos  anuales con el cumplimiento de los siguientes requisitos: a) Contrato de arrendamiento de los espacios donde funcionará la tienda libre, suscrito con Servicios Aeroportuarios de Bolivia S.A. (SABSA), empresa concesionaria de la Administración de Aeropuertos de Bolivia ...".

Que, de acuerdo a los arts. 96.1 y 102 de la Constitución Política del Estado (CPE) normas con las que concuerdan los arts. 10-I inc. e) de la Ley 1788 de 16 de septiembre de 1999 o Ley de Organización del Poder Ejecutivo (LOPE) y art. 4 del DS 26772 de 15 de agosto de 2002 (norma reglamentaria a la LOPE), se demuestra que es competencia privativa del Presidente de la República, conjuntamente con los Ministros de Estado, modificar o extinguir requisitos establecidos mediante Decretos Supremos, ya sea abrogando, derogando o modificando los mismos.