Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0459/2003-R
Fecha: 09-Abr-2003
II.4.
II.4. Que, la autoridad demandada pronuncia la Sentencia 013/2003, de 15 de noviembre, por la que declara probada la demanda y ordena que dentro de tercero día se restituya el bien despojado (180-181), contra la que el representante de Ferrovial Agromán S.A. en 22 de noviembre de 2003 plantea recurso de nulidad y casación (fs. 208- 211).