SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0464/2003- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0464/2003- R

Fecha: 09-Abr-2003

(fs. 51-52)

Se dio lectura al informe del recurrido (fs. 51-52) en el que se alega: a)  que la motocicleta de propiedad del recurrente, fue llevada a dependencias de la Policía Rural y Fronteriza del Beni porque su conductor no portaba licencia de conducir según el informe del policía que realizaba el control rutinario de tráfico vehicular, extremo que se ha acreditado porque no se encuentra registrado en el Departamento de Servicios Técnico de Licencias; b) que a hrs. 15:00 la motocicleta fue devuelta al recurrente, quien es propietario de 5 motocicletas; c) que la Ordenanza Municipal Nº 040/2002, determina el cumplimiento de normas legales para el Servicio del Transporte Público de Mototaxis de Trinidad y en el caso, el recurrente no ha cumplido con el pago de la Patente de Funcionamiento de la gestión 2001 y d) que el recurrente ha vulnerado el Título III, Capítulos I), II) y III), arts. 86, 140-3), 380-4) y 5) del Código Nacional de Tránsito. Agregó que contra la Ordenanza que se tacha de ilegal no se interpuso recurso alguno.