SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0464/2003- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0464/2003- R

Fecha: 09-Abr-2003

III.3

III.3   Que con relación a la supuesta amenaza que implica la vigencia y cumplimiento de la Ordenanza Municipal Nº 40/2002, por cuanto ésta dispone que las motos que prestan servicio de taxi, deberán ser retiradas si no cuentan con la autorización de funcionamiento por parte de la Alcaldía, el recurrente debe impugnarla a través de los mecanismos legales dirigiendo los mismos contra el órgano que la emitió, pues el recurrido carece de legitimación pasiva para responder por su sanción y promulgación y lo que le cabe, es cumplirla y hacerla cumplir en lo que le corresponda por ser una norma de carácter general y cumplimiento obligatorio a partir de su publicación.